Actualmente, muchas personas conviven como pareja de hecho. Si este es tu caso, es posible que tengas dudas respecto a las herencias y testamentos en Valencia, pues es un tema que genera incertidumbre. Según el Tribunal Supremo, entendemos como pareja de hecho la unión libre, pública y estable de dos personas con un período de convivencia de, al menos, doce meses.
Una de las primeras cosas que debemos saber es que no hay una legislación específica sobre parejas de hecho a nivel nacional. De modo que consultaremos la normativa concreta para cada Comunidad Autónoma. Por este motivo, hay que darle importancia a la información que consigamos acerca de las herencias y testamentos en Valencia.
A pesar de esto, el Código Civil, que es la normativa utilizada en la mayor parte de España, tiene diferentes instrumentos a la hora de tratar las herencias, los cuales son aplicables también a las parejas de hecho.
Lo principal a tener en cuenta es que se debe hacer testamento, pues en caso de no hacerlo, son escasos los reconocimientos que otorga la normativa vigente. Las parejas de hecho no tienen derechos sobre herencia, sean legitimarios o intestados.
Respecto a los bienes, y pese a que habitualmente tendemos a pensar que todas las adquisiciones son comunes, no es necesariamente así. Dependerá de cómo se haya efectuado la compra. De cualquier modo, lo importante es saber si hay hijos, sean comunes o no. De haberlos, dispondrán de las dos terceras partes de la herencia. Si hay padres, pero no hijos, estos tendrán reservada la mitad de la herencia. Y, en caso de no haber hijos ni padres, se podrá disponer plenamente siempre que así se afirme en el testamento.
Si necesitas más información o tienes dudas acerca de tu situación concreta, en la Notaría Francisco Cantos Viñals podemos ayudarte. Consúltanos sin compromiso.