Como notaría especializada en la tramitación de herencias y testamentos en Valencia, nos parece interesante aprovechar este espacio para abordar la figura de los herederos forzosos. ¿Conoces qué derechos tienen? ¿Es obligatorio tenerlos siempre en cuenta en el reparto de la herencia? Si quieres descubrirlo, no te pierdas lo que te vamos a contar en este post.
Los herederos forzosos, llamados también legitimarios, son todos los individuos que, por ley, tienen derecho a que se les incluya en el reparto de la herencia que deja alguno de sus familiares.
Los herederos forzosos, por tanto, tienen una gran importancia en el terreno de la tramitación de herencias y testamentos en Valencia. Su presencia conlleva que no exista libertad plena para hacer el reparto de los bienes. Es obligatorio tener en cuenta a estas personas, así como darles la parte que les corresponde según lo que fija la ley.
Hay, no obstante, un par de excepciones en relación a los herederos legitimarios. Pueden quedar fuera del reparto de la herencia si fueron desheredados o recibieron previamente bienes que compensen la asignación.
Si quieres tener más información acerca de los herederos forzosos, te animamos a leer el artículo 813 del Código Civil, que afirma lo siguiente: “El testador no podrá privar a los herederos de su legítima sino en los casos expresamente determinados por la ley. Tampoco podrá imponer sobre ella gravamen, ni condición, ni sustitución de ninguna especia, salvo lo dispuesto en cuanto al usufructo de viudo y lo establecido en el artículo 808 respecto de los hijos o descendientes judicialmente incapacitados”.
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